¿Cómo llevar a nuestra mascota en el vehículo?
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Transportín 11.95 |
Muchos clientes y amigos me hacían esta pregunta. Y yo consulté con varios cuerpos de tráfico. Cada uno me multaba por una cosa diferente. Unos decían, que los cinturones de seguridad para perros, solo valían hasta los 20 kg ¿? Otros no aceptaban un transportín "sujeto" en el asiento de atrás. Debía ir en el maletero y sujeto. Otros que con la red separadora del conductor bastaba, otro quería red y cinturón, otro en el maletero pero no suelto...!Socorro¡ Así, nos multan según tengan el día.
Llamé a la DGT. Y su respuesta fue muy clara. Lo único que dice la ley es lo reflejado en el siguiente Real Decreto. Si cumples eso ya está. Imprimelo y llévalo contigo, por si acaso.
Artículo 11. Normas generales de conductores
2. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad
de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la
conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del
vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar
especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de
los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados
para que no haya interferencias entre el conductor y cualquiera de ellos.